Art. Séptimo
7 / 12En vigor desde 3 dic 2002
El derecho preferente se perderá al obtener cualquier destino con carácter voluntario o por no ejercer el derecho preferente del apartado segundo en el plazo establecido en el punto 2 del apartado quinto.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2002/11/14/int3013#septimo