Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 3 dic 2002
Sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria primera, a la entrada en vigor de la presente Orden ministerial quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden ministerial.
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eli/es/o/2002/11/14/int3013#disposicion-derogatoria-unica