Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional tercera
22 / 30En vigor desde 23 oct 2011
A los efectos de la presente Orden, la expresión ciudadanos de la Unión Europea no tendrá exclusivamente el sentido del artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, sino que se extenderá a los ciudadanos de los Estados Parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo de 2 de mayo de 1992.
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Proeli/es/o/2011/10/11/int2850#disposicion-adicional-tercera