Art. Disposición transitoria primera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 25 ene 2013
Hasta tanto se modifiquen los vigentes baremos de méritos aplicables a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía para promoción interna y provisión de puestos de trabajo, continuará en vigor, a estos solos efectos, la distribución por grupos de Comisarías contenida en la Orden de 28 de febrero de 1995, y modificada por la Orden de 11 de diciembre de 1998.
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