Art. Disposición final segunda
16 / 17En vigor desde 1 ene 2015
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.
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Proeli/es/o/2014/10/27/int2223#disposicion-final-segunda