Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final segunda

14 / 15
En vigor desde 27 nov 2014
Se autoriza al Director General de la Guardia Civil para dictar cuantas disposiciones requieran el desarrollo y aplicación de esta orden.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2014/11/24/int2202#disposicion-final-segunda