Art. 5
5 / 13En vigor desde 1 jul 2025
Los alumnos deberán asistir a la totalidad del curso, extremo que se verificará, en la parte de presencia física, a través de sistemas de parte de firmas u otros procedimientos que cumplan los principios y la normativa de protección de datos personales que deberán realizarse al inicio y al final de cada jornada formativa, así como al comienzo y finalización de cada descanso. La asistencia virtual, por su parte, se verificará de conformidad a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 2. La documentación acreditativa de asistencia, además de la del resto de documentación del curso, deberá conservarse durante un plazo de cinco años desde la realización del mismo.
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Proeli/es/o/2025/02/27/int210#art-5