Art. Disposición final segunda
16 / 16En vigor desde 30 ago 2011
La presente Orden entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2011/05/10/int1409#disposicion-final-segunda