Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

4 / 5
En vigor desde 31 may 2009
Se autoriza al Director General de la Policía y de la Guardia Civil para dictar cuantas resoluciones requiera el desarrollo y aplicación de la presente Orden.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2009/05/25/int1376#disposicion-final-primera