Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final primera
22 / 23En vigor desde 20 feb 2020
Se faculta al Director General de la Guardia Civil para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas resoluciones estime necesarias para la ejecución y desarrollo de esta orden.
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Proeli/es/o/2019/11/06/int1135#disposicion-final-primera