Art. 5

Art. 5

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En vigor desde 10 mar 2015
Los precios máximos determinados según lo establecido en los artículos 3 y 4 de esta orden no incluyen los impuestos repercutibles al consumidor. La repercusión de estos impuestos se efectuará con arreglo a lo previsto en la normativa tributaria.
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eli/es/o/2015/03/05/iet389#art-5