Art. 4
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 4

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En vigor desde 1 ene 2016
Los precios unitarios de aplicación a partir del 1 de enero de 2016 para la financiación de los pagos por capacidad regulados en el anexo III de la Orden ITC/2794/2007, de 27 de septiembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de octubre de 2007, y en la Orden ITC/3127/2011, de 17 de noviembre, por la que se regula el servicio de disponibilidad de potencia de los pagos por capacidad y se modifica el incentivo a la inversión al que hace referencia el anexo III de la Orden ITC/2794/2007, de 27 de septiembre, aplicables por la energía adquirida por los sujetos a los que se refiere la disposición adicional séptima de la Orden ITC/3860/2007, de 28 de diciembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2008, serán los siguientes: Peajes de acceso Precio unitario para la financiación de los pagos por capacidad Euro/kWh (b.c.) P1 P2 P3 P4 P5 P6 Peajes de baja tensión 2.0 A (Pc ≤ 10 kW) 0,004630 2.0 DHA (Pc ≤ 10 kW) 0,004771 0,000805 2.0 DHS (Pc ≤ 10 kW) 0,004771 0,001087 0,000644 2.1 A (10< Pc ≤ 15 kW) 0,004630 2.1 DHA (10< Pc ≤ 15 kW) 0,004771 0,000805 2.1 DHS (10< Pc ≤ 15 kW) 0,004771 0,001087 0,000644 3.0 A (Pc > 15 kW) 0,008374 0,004304 0,000058 Peajes de alta tensión 3.1 A (1 kV a 36 kV) 0,006432 0,003463 0,000000 6.1A (1 kV a 30 kV) 0,006432 0,002969 0,001979 0,001484 0,001484 0,000000 6.1B (30 kV a 36 kV) 0,006432 0,002969 0,001979 0,001484 0,001484 0,000000 6.2 (36 kV a 72,5 kV) 0,006432 0,002969 0,001979 0,001484 0,001484 0,000000 6.3 (72,5 kV a 145 kV) 0,006432 0,002969 0,001979 0,001484 0,001484 0,000000 6.4 (Mayor o igual a 145 kV) 0,006432 0,002969 0,001979 0,001484 0,001484 0,000000
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