Art. Disposición adicional quinta
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 6 ago 2014
Se habilita a la Secretaría de Estado de Energía a aprobar, por resolución, las reglas particulares de aplicación a cada una de las subastas y a dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la ejecución de esta orden.
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eli/es/o/2014/08/01/iet1459#disposicion-adicional-quinta