Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

29 / 30
En vigor desde 18 jul 2020
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2020/07/15/ict656#disposicion-final-primera