Art. Disposición adicional primera
9 / 15En vigor desde 11 ago 2021
Todas las referencias hechas a la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y a su Comisión Permanente, se entenderán realizadas a la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Hacienda y Función Pública y a su Comisión Permanente, respectivamente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2021/07/29/hfp862#disposicion-adicional-primera