Art. Disposición adicional cuarta

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 11 ago 2021
La creación de la Comisión a que se refiere esta orden no supondrá incremento del gasto, siendo atendida con los medios personales, técnicos y presupuestarios de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública y por los órganos con representación en la misma.
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eli/es/o/2021/07/29/hfp862#disposicion-adicional-cuarta