Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 11 ago 2021
1. La Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Hacienda y Función Pública, cuya composición y funciones se regulan por la presente orden, es el órgano colegiado responsable del impulso y de la coordinación del departamento en materia de Administración Digital, actuando asimismo como órgano de enlace con la Secretaría General de Administración Digital, dependiente de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. 2. El ámbito de actuación de la Comisión Ministerial de Administración Digital comprende, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, a todos los órganos del Departamento y a los organismos públicos adscritos al mismo.
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