Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 1 sept 2022
La Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios, queda modificada como sigue: Uno. En el apartado 2 de la disposición adicional única se añaden los siguientes modelos: «Modelo 587. Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. Autoliquidación». «Modelo A23. Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. Solicitud de devolución». Dos. En el apartado 2 de la disposición adicional única se añade la siguiente declaración: «Suministro electrónico de asientos contables a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria previsto en el artículo 5 dieciséis de la Ley 16/2013, de 29 de octubre.»
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