Art. 3

Art. 3

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En vigor desde 1 sept 2022
1. Los importadores y los adquirentes a que se refiere el número 1 del apartado quince del artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, podrán solicitar la devolución del importe del impuesto pagado mediante la presentación del modelo A23. 2. El modelo A23 se deberá presentar acompañado de los justificantes que acrediten la existencia de los hechos descritos en el número 1 del apartado Quince del artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, y el pago del impuesto cuya devolución se solicita. 3. La presentación del modelo A23 se efectuará entre los días 1 y 20 del mes siguiente a aquel en que finalice el trimestre en que se produzcan los mencionados hechos que motivan la solicitud de devolución.
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