Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 1 feb 2013
La presentación del modelo 720, «Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero», se efectuará por vía telemática a través de Internet, de acuerdo con las condiciones y el procedimiento previsto en los artículos 5 y 6 de esta Orden.
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eli/es/o/2013/01/30/hap72#art-4