Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 7 feb 2013
Se faculta al Secretario de Estado de Administraciones Públicas y al Director General del Parque Móvil del Estado para dictar, en sus respectivos ámbitos, las instrucciones necesarias para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en la presente orden.
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