Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 7 feb 2013
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden y en particular la Orden de 19 de octubre de 2001, por la que se regulan los servicios de automovilismo que prestan el Organismo autónomo Parque Móvil del Estado y las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares de la Administración General del Estado.
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