Art. 3
3 / 8En vigor desde 16 jul 2013
Los Premios regulados en esta Orden no tendrán contenido económico.
Las dos modalidades de los Premios se convocarán anualmente por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, aprobando las correspondientes bases.
En las diferentes órdenes de convocatoria de los Premios se especificará el modo en que deben presentarse las solicitudes de participación en los mismos y expresamente los medios electrónicos a efecto
Las bases de las convocatorias comprenderán como mínimo los siguientes extremos sobre el correspondiente Premio: ámbito de aplicación, contenido del Premio, solicitudes, proceso de evaluación, Jurado, compromisos de los participantes y efectos del Premio.
Los Premios se resolverán asimismo por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.
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Proeli/es/o/2013/07/03/hap1353#art-3