Art. Preambulo

Art. Preambulo

En vigor desde 22 jun 2012
Los cambios organizativos efectuados por el Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se aprueba la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, obligan a regular de nuevo los órganos colegiados en materia de contratación del Departamento, atendiendo a la nueva estructura ministerial. Desde la reestructuración de los Departamentos ministeriales efectuada por el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, subsisten los órganos colegiados en materia de contratación tal y como fueron regulados por la Orden EHA/2151/2010 de 29 de julio, con carácter interministerial, así como los contemplados en la Orden TAP/2255/2011, de 28 de julio. Conviene no prolongar esta situación de provisionalidad y proceder a su regulación definitiva acorde con la nueva estructura ministerial. Con este objetivo, la presente orden regula la Junta de Contratación de los Servicios Centrales del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de acuerdo con la habilitación legal expresa del artículo 316 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y el artículo 5 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. En forma análoga, se regula la Mesa de Contratación que, con carácter permanente, asistirá a los diversos órganos de contratación unipersonales de los Servicios Centrales del Departamento, y con respecto a los Servicios Periféricos integrados en las Delegaciones del Gobierno se crea también la correspondiente Mesa de Contratación, con la composición y facultades que se exponen, todo de acuerdo con la previsión del artículo 320 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y del artículo 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. En su virtud, previo informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa dispongo:
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