Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 4 sept 2025
Se autoriza a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos para adaptar el funcionamiento de las Comisiones de Análisis de Programas a que se refiere el artículo 4, apartado 2 de esta Orden a las necesidades del proceso presupuestario.
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