Art. 1
1 / 13En vigor desde 30 may 2025
1. Se aprueba el modelo 780, «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Autoliquidación», que figura en el anexo I.
2. El número de justificante que habrá de figurar en dicho modelo será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 780.
3. El citado modelo estará disponible exclusivamente en formato electrónico y su presentación e ingreso se realizarán por vía electrónica, de acuerdo con las condiciones generales y el procedimiento establecidos en los artículos 7 y 8.
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Proeli/es/o/2025/05/26/hac532#art-1