Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición final primera
17 / 18En vigor desde 14 mar 2019
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria:
Uno. Se modifica la redacción de la letra b) del artículo 2, que queda redactado como sigue:
«b) Presentación mediante papel impreso generado exclusivamente mediante la utilización del servicio de impresión desarrollado a estos efectos por la Agencia Tributaria en su sede electrónica solo en el supuesto de los modelos de autoliquidación 111, 115, 122, 130, 131,136, 303 y 309.»
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Proeli/es/o/2019/03/04/hac277#disposicion-final-primera