Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

15 / 16
En vigor desde 16 ago 2003
Por el Director General del Catastro se dictarán las resoluciones e instrucciones y se adoptarán las medidas oportunas para el cumplimiento y ejecución de esta Orden.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2003/07/31/hac2318#disposicion-final-segunda