Art. Disposición adicional tercera
9 / 10En vigor desde 12 dic 2025
Los porcentajes aplicables para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido en 2026 en las actividades que se mencionan a continuación serán los siguientes:
Servicios de cría, guarda y engorde de aves: 0,06625.
Actividad de apicultura: 0,070.
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Proeli/es/o/2025/12/09/hac1425#disposicion-adicional-tercera