Art. Disposición adicional primera
7 / 11En vigor desde 15 ene 2026
Será de aplicación a la vía de revisión económica-administrativa y a los Tribunales Económico-Administrativos, a los efectos de su actuación y funcionamiento por medios electrónicos, la normativa que en cada momento sea de aplicación a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y, en particular, la relativa al sistema de representación, de apoderamientos y su registro, al sistema de notificación electrónica, así como la referente a los sellos electrónicos, código seguro de verificación y firma mediante código seguro de verificación.
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Proeli/es/o/2025/11/20/hac1361#disposicion-adicional-primera