Art. D07
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO 3

Art. D07

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En vigor desde 6 jun 2002
Con los siguientes apartados: a) Euros. b) Moneda distinta de euro. c) Resumen general. Todos estos apartados tendrán el formato de columnas siguiente: DESCRIPCIÓN DE LAS COLUMNAS Código de la Deuda Denominación de la Deuda. Importe pendiente de reembolso a 1 de enero. Importe de rectificaciones. Importe amortizado en el ejercicio. Importe de rehabilitaciones. Importe reembolsado en el ejercicio. Importe de prescripciones. Importe pendiente de reembolso a 31 de diciembre.
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