Art. Disposición adicional cuarta
Capítulo Capítulo V

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 4 nov 2007
Anualmente, la Dirección General de la Marina Mercante, en colaboración con otros organismos e instituciones, llevará a cabo campañas informativas de divulgación de temas relacionados con la seguridad en la náutica de recreo, en materias tales como la seguridad de la vida humana en la mar, el salvamento marítimo, la lucha contra la contaminación marina, o el uso apropiado del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima.
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eli/es/o/2007/10/26/fom3200#disposicion-adicional-cuarta