Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

10 / 14
En vigor desde 5 jul 2013
Queda derogada la Orden FOM/238/2003, de 31 de enero, por la que se establecen normas de control en relación con los transportes públicos de mercancías por carretera, la Orden de 3 de diciembre de 1992 por la que se determinan condiciones esenciales de las autorizaciones de transporte público de mercancías y de Agencias de transportes, a efectos de lo dispuesto en el artículo 200, en relación con el 198, c), y 201.8, del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, y la Resolución de 23 de julio de 1991, de la Dirección General del Transporte Terrestre, para la aplicación de la Orden de 25 de octubre de 1990, por la que se regulan los distintivos de los vehículos que realizan transportes, así como cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta orden.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2012/12/13/fom2861#disposicion-derogatoria-unica