Art. Disposición adicional tercera
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A los efectos de lo dispuesto en esta orden, se considerará que únicamente podrán impartir el curso de formación CAP en habilidades docentes regulado en el anexo V de esta norma, aquéllos que se encuentren en posesión de alguna titulación o certificación que acredite una formación pedagógica.
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Proeli/es/o/2010/10/01/fom2607#disposicion-adicional-tercera