Art. 6

Art. 6

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En vigor desde 30 sept 2015
1. El procedimiento se iniciará mediante convocatoria aprobada por el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Diario Oficial de la Unión Europea» y en el perfil de contratante del Ministerio de Fomento. Los licitadores deberán presentar la documentación necesaria en el plazo de tres meses desde la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que en el pliego se establezca otro mayor. El pliego concretará, en su caso, si se exige garantía provisional. La garantía definitiva será de 380.000 euros y podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en los artículos 96 y 97 de la Ley de Contratos del Sector Público. Esta garantía quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones asumidas por la empresa y, en caso de incumplimiento, podrá incautarse total o parcialmente. 2. La documentación deberá presentarse en tres sobres numerados. En el sobre número 1 se introducirá la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos necesarios para participar en la licitación. El sobre número 2 contendrá el plan de negocio y el plan económico financiero. El sobre número 3 incluirá la documentación relativa a los criterios evaluables de forma automática.
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