Título TÍTULO VIII
Art. Disposición final cuarta
46 / 46En vigor desde 11 feb 2015
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2015/02/06/fom167#disposicion-final-cuarta