Art. 3

Art. 3

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En vigor desde 29 jul 2015
1. El Pleno tendrá la siguiente composición: a) Presidencia: La persona titular de la Subsecretaría del Ministerio de Fomento. b) Vicepresidencia: La persona titular de la Inspección General de Fomento. c) Vocalías: – La persona titular del Gabinete de la Ministra. – La persona titular del Gabinete de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. – El titular de cada una de las Direcciones Generales del Departamento. – Un representante de cada uno de los Organismos Públicos adscritos, con rango de Director General o asimilado. d) Secretaría: ejercerá las funciones de secretario del Pleno, la persona titular de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Administración Electrónica, que será vocal miembro del órgano con voz y voto. e) Se podrá convocar al Pleno, en función de la relevancia de los asuntos a tratar, a expertos de la DTIC o a titulares de alguno de los órganos y comisiones de la estructura de Gobernanza TIC de la AGE, o bien a otros expertos, todos los cuales asistirán con voz pero sin voto. 2. Todos los vocales serán designados por la Subsecretaría del Departamento a propuesta de las personas titulares de los órganos superiores o directivos de los que dependan los designados. Por cada vocal, y por el mismo procedimiento, se nombrará un vocal suplente que deberá tener, al menos, rango de subdirector general o asimilado. 3. El Pleno se reunirá, al menos una vez al año, mediante convocatoria de su Presidente, bien a iniciativa propia, o bien cuando lo soliciten, al menos, la mitad de sus miembros.
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