Art. 6

Art. 6

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En vigor desde 29 may 2008
Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta orden y, en particular, por lo que afecta al Ministerio de Fomento, la Orden del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, de 28 de agosto de 1986 y la Orden del Ministro de Fomento de 12 de diciembre de 1997.
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eli/es/o/2008/04/28/fom1452#art-6