Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

21 / 22
En vigor desde 14 may 2011
La presente norma se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.20.ª de la Constitución española, que atribuye de forma exclusiva al Estado la competencia en materia de marina mercante y puertos de interés general.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2011/04/29/fom1194#disposicion-final-tercera