Art. 3

Art. 3

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En vigor desde 16 jun 2013
La Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria del Ministerio de Fomento, estará integrada por los siguientes miembros: Presidencia: Titular de la Inspección General de Fomento. Vicepresidencia: Titular de la Oficialía Mayor. Vocales: Uno, con nivel orgánico de Subdirector General, designado por el titular de cada una de las Unidades siguientes: Dirección General de Carreteras. Dirección General de la Marina Mercante. Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. Dirección General de Programación Económica y Presupuestos. Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas. Titular de la Jefatura de la Abogacía del Estado en el Departamento. Titular de la Jefatura de la Intervención Delegada. Secretaría: La desempeñará, con voz pero sin voto, un funcionario que ocupe un puesto con nivel administrativo 26 o superior, designado por la Presidencia.
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