Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria tercera
18 / 20En vigor desde 7 feb 2017
Las disposiciones para la determinación de los perímetros de referencia que figuran en el capítulo IV de la orden serán de aplicación a las concesiones de explotación de yacimientos de hidrocarburos convencionales que estuviesen en tramitación en la fecha de su entrada en vigor.
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Proeli/es/o/2017/01/31/etu78#disposicion-transitoria-tercera