Art. 4

Art. 4

4 / 11
En vigor desde 18 jun 2017
1. Los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a los años 2017, 2018 y 2019, serán los recogidos en el apartado 1 del anexo IV de esta orden, excepto los relacionados con la retribución a la operación. 2. En el apartado 2 del anexo IV se incluyen los parámetros retributivos relacionados con la retribución a la operación, concretamente, el número de horas de funcionamiento máximo anual para la percepción de la retribución a la operación, el valor de la retribución a la operación que será de aplicación en el primer semestre de 2017 y los valores de las constantes A, B y C necesarias para la actualización semestral que se define en la Orden IET/1345/2015, de 2 de julio. 3. Para la actualización de los parámetros retributivos referidos en los apartados anteriores se han considerado las hipótesis de cálculo recogidas en el anexo V de esta orden, los parámetros incluidos en el anexo VI de esta orden, y el resto de hipótesis adoptadas en la presente orden. 4. Para la actualización de los parámetros retributivos referidos en los apartados anteriores es de aplicación la metodología establecida en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. 5. La actualización de los valores de la retribución a la operación aplicables al primer semestre de 2017 se realizará de acuerdo a la siguiente metodología: donde: Ro 17-1 : retribución a la operación para el primer semestre de 2017, expresado en €/MWh. Ro 16-2 : retribución a la operación para el segundo semestre de 2016, expresado en €/MWh. A 17-1 , B 17-1 , C 17-1 : valores recogidos en el anexo I.3 para el primer semestre del año 2017 y cada instalación tipo. mr 17 : mermas de regasificación del año 2017, con el valor de 0,00005. mr 16 : mermas de regasificación del año 2016, con el valor de 0,00005. mt 17 : mermas de transporte del año 2017, con el valor de 0,002. mt 16 : mermas de transporte del año 2016, con el valor de 0,002. β 17: suministros al mercado español que han sido cubiertos mediante plantas de regasificación para el año 2017, con el valor de 0,42. β 16: suministros al mercado español que han sido cubiertos mediante plantas de regasificación para el año 2016, con el valor de 0,47. CF 16-2 : coste en frontera correspondiente al segundo semestre natural del año 2016 expresado en c€/KWh PCS , obtenido como la media de los meses de julio a diciembre de 2016 del «precio GN+GNL» incluido en el «Índice de coste de aprovisionamiento de gas natural en España» publicado en el Informe de Supervisión del Mercado Mayorista de Gas Natural de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Su valor es 1,5091 c€/KWh PCS . CF 17-1 : estimación del coste en frontera del gas natural en el primer semestre del año 2017 expresado en c€/KWh PCS . Su valor es 1,8599 c€/KWh PCS y se calcula de acuerdo a la siguiente ecuación: En la ecuación anterior: RC 16-2 : semisuma de los promedios de las cotizaciones diarias en el primer semestre natural del año 2016 de las entregas en el segundo semestre natural del año 2016 en el mercado Henry Hub (HH) publicadas por el New York Mercantile Exchange (CME Group) y en el mercado National Balancing Point (NBP) publicadas por el Intercontinental Exchange (ICE), expresadas ambas en c€/KWh PCS mediante la aplicación del cambio diario publicado por el Banco Central Europeo (BCE). Su valor es 1,0721 c€/KWh PCS . RC 17-1 : semisuma de los promedios de las cotizaciones diarias en el segundo semestre natural del año 2016 de las entregas en el primer semestre natural del año 2017 en el mercado Henry Hub (HH) publicadas por el New York Mercantile Exchange (CME Group) y en el mercado National Balancing Point (NBP) publicadas por el Intercontinental Exchange (ICE), expresadas ambas en c€/KWh PCS mediante la aplicación del cambio diario publicado por el Banco Central Europeo (BCE). Su valor es 1,3597 c€/KWh PCS . RL 16-2 , RL 17-1 : valores que resulte de la aplicación de las fórmulas siguientes: donde: Br 16-2 : Futuros del barril Brent para el segundo semestre natural del año 2016, obtenido como promedio de las cotizaciones diarias en el primer semestre natural del 2016 de las entregas en el segundo semestre natural del año 2016 publicados por el ICE expresados en dólares por barril. Su valor es 41,9444 $/bbl. Br 17-1 : Futuros del barril Brent para el primer semestre natural del año 2017, obtenido como promedio de las cotizaciones diarias en el segundo semestre natural del 2016 de las entregas en el primer semestre natural del año 2017 publicados por el ICE expresados en dólares por barril. Su valor es 50,9179 $/bbl. T 16-2 : Tipo de cambio en $/€ obtenido como promedio de los valores publicados por el BCE para cada día del mes de junio de 2016. Su valor es 1,1229 $/€. T 17-1 : Tipo de cambio en $/€ obtenido como promedio de los valores publicados por el BCE para cada día del mes de diciembre de 2016. Su valor es 1,0543 $/€. PA 16,5 : estimación del coste de los peajes de acceso para el año 2016 aplicables a un consumidor acogido al escalón 5 del Grupo 2 expresado en c€/KWh PCS y calculado de acuerdo a la siguiente ecuación: donde β 16 se corresponde con lo descrito anteriormente y el resto de parámetros: Trf 16 : término fijo del peaje de regasificación para el año 2016 expresado en c€/kWh/día/mes. Trc 16 : término de reserva de capacidad del peaje de transporte y distribución para el año 2016 expresado en c€/kWh/día/mes. Tfc 16,5 : término fijo del término de conducción del escalón 5 del Grupo 2 para el año 2016 expresado en c€/kWh/día/mes. Tvc 16,5 : término variable del término de conducción del peaje de transporte y distribución del escalón 5 del Grupo 2 para el año 2016 expresado en c€/kWh. Tvr 16 : término variable del peaje de regasificación para el año 2016 expresado en c€/kWh. Tgnl 16 : peaje de almacenamiento de GNL para el año 2016 expresado en c€/MWh/día. Cas 16 : coste de almacenamiento subterráneo para el año 2016 expresado en c€/kWh y calculado mediante la siguiente fórmula: donde: Drs 16 : Número de días de almacenamiento estratégico para el año 2016. Se establece un valor de 20 días. Tfas 16 : Término fijo del canon de almacenamiento subterráneo para el año 2016 expresado en c€/kWh/mes. Tvi 16 : Término de inyección del canon de almacenamiento subterráneo para el año 2016 expresado en c€/KWh. Tve 16 : Término de extracción del canon de almacenamiento subterráneo para el año 2016 expresado en c€/kWh. Los valores de estos parámetros que participan en el cálculo de PA 16,5 son los reflejados en la Orden IET/2736/2015, de 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para 2016. PA 17,5 : estimación del coste de los peajes de acceso para el año 2017 aplicables a un consumidor acogido al escalón 5 del Grupo 2 expresado en c€/KWh PCS y calculado de acuerdo a la siguiente ecuación: donde β 17 se corresponde con lo descrito anteriormente y el resto de parámetros: Trf 17 : término fijo del peaje de regasificación para el año 2017 expresado en c€/kWh/día/mes. Trc 17 : término de reserva de capacidad del peaje de transporte y distribución para el año 2017 expresado en c€/kWh/día/mes. Tfc 17,5 : término fijo del término de conducción del escalón 5 del Grupo 2 para el año 2017 expresado en c€/kWh/día/mes. Tvc 17,5 : término variable del término de conducción del peaje de transporte y distribución del escalón 5 del Grupo 2 para el año 2017 expresado en c€/kWh. Tvr 17 : término variable del peaje de regasificación para el año 2017 expresado en c€/kWh. Tgnl 17 : peaje de almacenamiento de GNL para el año 2017 expresado en c€/MWh/día. Cas 17 : coste de almacenamiento subterráneo para el año 2017 expresado en c€/kWh y calculado mediante la siguiente fórmula: donde: Drs 17 : Número de días de almacenamiento estratégico para el año 2017. Se establece un valor de 20 días. Tfas 17 : Término fijo del canon de almacenamiento subterráneo para el año 2017 expresado en c€/kWh/mes. Tvi 17 : Término de inyección del canon de almacenamiento subterráneo para el año 2017 expresado en c€/KWh. Tve 17 : Término de extracción del canon de almacenamiento subterráneo para el año 2017 expresado en c€/kWh. Los valores de estos parámetros que participan en el cálculo de PA 17,5 serán los reflejados en la Orden ETU/1977/2016, de 23 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para 2017. 6. Para la actualización de la retribución a la operación a partir del segundo semestre del año 2017 se aplicará la metodología establecida en la Orden IET/1345/2015, de 2 de julio.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2017/06/15/etu555#art-4