Art. Disposición adicional primera
6 / 9En vigor desde 1 may 2018
El funcionamiento de la CMAD no supondrá incremento alguno del gasto público y será atendido con los medios materiales y recursos humanos existentes en el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital. En particular, le prestará apoyo técnico y administrativo la Subdirección General de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2018/04/17/etu433#disposicion-adicional-primera