Capítulo CAPÍTULO III
Art. 39
39 / 56En vigor desde 30 ene 2013
Cuando el trabajador preste sus servicios en dos o más empresas en régimen de contratación a tiempo parcial, cada una de ellas cotizará en razón de la remuneración que le abone. Si la suma de las retribuciones percibidas sobrepasase el tope máximo de cotización a la Seguridad Social, éste se distribuirá en proporción a las abonadas al trabajador en cada una de las empresas.
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Proeli/es/o/2013/01/28/ess56#art-39