Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 10.ª Cotización a la seguridad social en supuestos especiales
Art. 26
26 / 56En vigor desde 30 ene 2013
En los contratos de carácter temporal cuya duración efectiva sea inferior a siete días la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará en un 36,00 por 100. Dicho incremento no será de aplicación a los contratos de interinidad. Tampoco se aplicará en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios establecido en el Régimen General de la Seguridad Social.
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Proeli/es/o/2013/01/28/ess56#art-26