Art. Disposición adicional quinta
17 / 22En vigor desde 12 ene 2014
Las Administraciones públicas competentes adoptarán las medidas oportunas para promover la participación de las pequeñas y medianas empresas en la formación profesional dual a través del contrato para la formación y el aprendizaje; en particular, impulsarán la modalidad de teleformación en la impartición de la formación ofertada por la red de centros de formación profesional con el objeto de favorecer el acceso a la actividad formativa inherente al contrato para la formación y el aprendizaje de todos los trabajadores, especialmente de las pequeñas y medianas empresas, en cualquier momento y lugar.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2013/12/26/ess2518#disposicion-adicional-quinta