Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 36
36 / 43En vigor desde 18 oct 2013
Las Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal incluirán en el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo los datos sobre la gestión, seguimiento y control de las acciones formativas de certificados de profesionalidad desarrolladas en cualquier modalidad de impartición, según se establece en el artículo 39 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo.
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Proeli/es/o/2013/10/10/ess1897#art-36