Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 2 oct 2016
Se habilita al titular de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas para establecer y modificar los formularios para la tramitación del procedimiento regulado por la presente orden, así como para dictar cuantas instrucciones y resoluciones sean precisas para la aplicación y desarrollo de lo dispuesto en la misma.
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