Art. 10

Art. 10

10 / 18
En vigor desde 2 oct 2016
Las entidades podrán renunciar a la publicación de cualquiera de sus memorias e informes, notificándolo a la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad de las Empresas. La aceptación de la renuncia implica la retirada de la publicación de dicha memoria o informe.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2016/09/29/ess1554#art-10