Art. 9
9 / 28En vigor desde 1 jul 2012
Para el otorgamiento de la subvención y la determinación de su cuantía se tendrá en cuenta, además de la cuantía incluida en los correspondientes créditos presupuestarios, que condiciona las obligaciones que se contraigan con cargo a los mismos, y los límites a que se refiere el artículo 8, los siguientes criterios objetivos de valoración:
1. Criterios objetivos de valoración de los solicitantes, y ponderación de los mismos:
a) Implantación: Se valorará el ámbito territorial de las actuaciones y programas realizados por el solicitante, así como el número de socios y afiliados (máximo 15 puntos).
Tendrán una valoración prioritaria las confederaciones, federaciones o agrupaciones similares que presenten programas integrados.
b) Antigüedad en la atención al colectivo: Se valorarán los años de experiencia del solicitante en la atención al colectivo previsto en el artículo 1.2, o bien, que esté constituido como asociación del propio colectivo mencionado (máximo 10 puntos).
c) Estructura y capacidad de gestión: Se valorará que la estructura del solicitante sea adecuada para gestionar las actividades previstas en los programas presentados, disponiendo de sistemas de evaluación y de calidad que contribuyan a la consecución de los objetivos previstos (máximo 15 puntos).
d) Auditoría externa: Se valorará que el solicitante someta su gestión a controles periódicos de auditoría externa (máximo 6 puntos).
e) Presupuesto y financiación: Se valorará el volumen del presupuesto del solicitante en el último año, su patrimonio, así como la financiación obtenida de otras instituciones y su capacidad para movilizar recursos de otros entes públicos y/o privados, primándose a las que tengan una capacidad de financiación privada de, al menos, el 10 por 100 de su presupuesto total de ingresos (máximo 10 puntos).
f) Participación social y voluntariado: Se valorará que el solicitante promueva la participación y movilización social y que cuente con un número relevante de voluntarios para el desarrollo de sus programas, priorizándose aquéllas que dispongan de un sistema de formación de los voluntarios y de incorporación de éstos a las actividades del solicitante (máximo 8 puntos).
g) Adecuación de recursos humanos: Se valorarán las líneas de actuación del solicitante en materia de gestión de los recursos humanos que se adscriben a los diferentes programas, teniendo en cuenta (máximo 6 puntos):
1.º La naturaleza, características y duración de la contratación del personal asalariado preexistente y de nueva incorporación.
2.º Que los criterios de contratación del personal contribuyan al fomento de la integración laboral de las personas con discapacidad, así como de otros grupos sociales sobre los que existen medidas especiales de fomento de empleo y, especialmente, inmigrantes y mujeres.
2. Cumplimiento de las obligaciones derivadas de las subvenciones recibidas con cargo al Presupuesto de la Secretaría General de Inmigración y Emigración o de la anterior Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración: Se valorará la exactitud en el cumplimiento de las obligaciones contraídas, respecto a las subvenciones concedidas en anteriores convocatorias, que se encuentren debidamente justificadas por la entidad beneficiaria y liquidadas por el órgano concedente. De este modo, cuando el cumplimiento no sea total, atendiendo al tipo de incumplimiento que se haya producido, podrá detraerse hasta un máximo de 15 puntos de la puntuación total obtenida por el solicitante.
3. Criterios objetivos de valoración de los programas presentados por los solicitantes, y ponderación de los mismos:
a) Diagnóstico de las necesidades sociales (máximo 5 puntos). Se tendrá en cuenta el estudio estadístico de la necesidad social, el estudio sociodemográfico de la población destinataria y el análisis de la cobertura pública o privada de las necesidades sociales detectadas.
b) Contenido técnico del programa (máximo 25 puntos):
1.º Programación: definición de objetivos, actividades, número de usuarios, impacto de la intervención, perspectiva de género y calendario de actividades.
2.º Medios: Medios técnicos y materiales.
3.º Indicadores de evaluación medibles y coherentes.
c) Aspectos económicos (máximo 10 puntos):
1.º Presupuesto del programa.
2.º Cofinanciación (programas que cuenten con otras fuentes de financiación).
3.º Corresponsabilización (programas cofinanciados por la propia entidad).
4.º Eficiencia, adecuación recursos-actividades-resultados, costes medios de las actividades.
d) Experiencia acreditada y de calidad en la gestión de programas de contenido y destinatarios similares (máximo 10 puntos).
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Proeli/es/o/2012/06/29/ess1423#art-9